“YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO”.
DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES LÍQUIDAS.
Acuerdo Plenario, Nº 699
Buenos Aires, 18 de mayo de 2009
Buenos Aires, 18 de mayo de 2009
VISTO:
Las disposiciones de la ley 14.771, art 18º inc. c, que prevén la distribución de utilidades de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio entre las universidades del Estado, y la nota de la empresa que informa que a la fecha hay Pesos Treinta y Seis Millones Ochocientos Mil ($ 36.800.00.-) disponibles.
Y CONSIDERANDO:
Que debe procederse a formular un criterio de asignación a cada Universidad; que analizadas distintas posibilidades, recoge la mayoría de los votos la que propone aplicar criterios similares a los de la anterior distribución.
Por ello,
EL CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL
Acuerda:
EL CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL
Acuerda:
Art. 1º: Proponer la distribución de las utilidades líquidas y realizadas de los “Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio” disponibles a la fecha del presente, aplicando igual criterio al establecido por el Ac. Pl. Nº 672/08.
Art. 2º: Sugerir a las instituciones universitarias favorecidas que asignen estos fondos a proyectos institucionales. Art. 3º: Regístrese, dése a conocer y archívese.
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